Llarena retira la euroorden contra Puigdemont

SPC
-

El juez deja también sin efecto la petición internacional contra el resto de huidos

El magistrado del Supremo que instruye el procés, Pablo Llarena, rechazó ayer que el expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont sea extraditado desde Alemania solo por el delito de malversación de fondos públicos, como acordó el Tribunal Regional de Schleswig-Holstein, y denuncia «falta de compromiso» de este tribunal con unos hechos que podrían haber quebrantado el orden constitucional español. 

Así lo acuerda el juez instructor en un auto en el que también deja sin efecto la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) y la internacional contra el gerundense y los otros fugados:los exconsejeros Toni Comín, Meritxell Serret, Lluis Puig y Clara Ponsatí, así como la secretaria general de ERC, Marta Rovira. No obstante, mantiene vigente la orden de detención nacional que conllevaría su arresto en España, por lo que podrían moverse libremente por cualquier lugar del mundo salvo por el territorio nacional. 

El togado también argumenta que, con su decisión, el tribunal regional germano ha anticipado un enjuiciamiento para el cual no tiene cobertura normativa, al tiempo que considera que no se ha realizado una ponderación en abstracto del pronóstico de tipicidad sospechado, esto es, la posible comisión del delito de rebelión por el que se pedía su entrega, sino que se ha abordado «el definitivo juicio de los hechos en los tipos penales». 

 Por ello, añade que la decisión de la Audiencia no se sujeta a los preceptos de la Decisión Marco sobre la Orden de Detención Europea, ni a la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, ni al Manual sobre la euroorden elaborado por la Comisión Europea.  

Llarena responde de esta manera a la decisión del Tribunal Regional de Schleswig-Holstein de entregar a Puigdemont únicamente por el delito de malversación al entender que los actos que se le imputan en esta causa no se corresponden en Alemania ni con el delito de rebelión ni con el de perturbación del orden público, así como tampoco con el de alta traición.