Los prematuros podrán ser escolarizados más tarde

SPC
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Educación incorpora el criterio de edad corregida para escolarizar alumnos prematuros tras una actuación de oficio del Procurador del Común

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy la Orden que se modifica la anterior que regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León. El cambio, a instancias de una actuación de oficio del Procurador del Común, implica la incorporación del criterio de edad corregido para escolarizar a alumnos prematuros, de forma que puedan acudir a un curso inferior al que les correspondería por edad, según informa la institución autonómica. La modificación incluye en la Orden modificada una nueva Sección en el Capítulo IV Atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en concreto, la Sección Cuarta, según informa Ical.