¿Quieres abrir un comercio en el medio rural?

La 8 Segovia
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La Diputación abre el plazo de convocatoria de una línea de ayudas directas para el impulso del comercio en zonas rurales. Se subvencionarán proyectos hasta un valor máximo de 20.000 euros

¿Quieres abrir un comercio en el medio rural?

La Diputación Provincial acaba de abrir el plazo de convocatoria para financiar actividades comerciales ya existentes o de nueva creación en la provincia de Segovia, con la finalidad de promover la comercialización y favorecer el aprovisionamiento en el medio rural que garantice el abastecimiento de productos de carácter cotidiano, de acuerdo con los requisitos establecidos.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, jurídicas (incluidas las entidades locales) y las comunidades de bienes legalmente constituidas en la provincia de Segovia, que realicen dentro del periodo subvencionable alguna de las siguientes actividades: Venta ambulante, con o sin establecimiento y venta a domicilio, de productos de primera necesidad y que abastezcan prioritariamente a los pueblos que carezcan de ella. Apertura o mejora de establecimiento ya existente, dedicado a la venta de productos de primera necesidad. Acondicionamiento de espacio comercial en negocios ya existentes donde se ofrezcan productos de primera necesidad. En el caso de las comunidades de bienes solo se admitirá la solicitud de un miembro a título individual.

 

Las ayudas consistirán en una aportación económica máxima del 75% del presupuesto aceptado y en todo caso, una cantidad máxima de 20.000 €, por proyecto y beneficiario, hasta agotar el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria (90.000 Euros).

Tendrán consideración de gastos subvencionables: Obras e instalaciones de adecuación interior y exterior del establecimiento comercial. Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados a la actividad comercial. Servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online etc.)

Equipamiento necesario para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias (hardware, software – etc). Acondicionamiento de vehículos para la venta ambulante. Excepcionalmente y cuando no se alcance el 100% de la subvención concedida, se podrá justificar además gastos corrientes que estén ligados a la actividad empresarial, siempre y cuando no superen más del 20% de la cantidad total. En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables la compra de productos o materias primas para su posterior venta.

 

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de abril de 2019.