Cierran el interior de bares de Segovia, El Espinar y Riaza

D. A.
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La medida decretada por la Junta entra en vigor el martes

Cierran el interior de bares de Segovia, El Espinar y Riaza

La Junta ha aprobado el cierre del interior de los establecimientos hosteleros y casas de juego y apuestas de Segovia capital, El Espinar y Riaza a partir del martes como medida excepcional para contener la expansión del coronavirus. La restricción se adopta en esos municipios y en otros 18 de la Comunidad que registran actualmente unos niveles de incidencia acumulada en 14 días (IA14) de más de 150 contagios por cada 100.000 habitantes.

La Junta de Castilla y León ya acordó el miércoles pasado que ordenaría el cierre del interior de la hostelería y de las casas de juego y apuestas en los municipios de más de 5.000 habitantes que superasen el citado umbral de incidencia, así como en poblaciones que, aun siendo más pequeñas, registraran otros parámetros de situación epidemiológica que "aconsejaran" el cierre. Este último sería el caso de Riaza, que además presenta actualmente la IA14 más alta de la región, con 2.504 casos por cada 100.000 habitantes. La de Segovia capital es la octava con 517, y la de El Espinar, undécima con 419. Otros municipios de Segovia están con tasas de IA14 por encima de los 150 contagios, tal y como sucede en Torrecaballeros, Nava de la Asunción, Carbonero el Mayor, Valverde del Majano, San Cristóbal de Segovia, Espirdo o La Lastrilla, pero de momento no sufren esta nueva restricción excepcional.

El cierre del interior de la hostelería y casas de juegos de 21 municipios de siete provincias de la Comunidad se aprueba para un periodo inicial de dos semanas, aunque la última vez que la Junta ordenó algo parecido, en enero, terminó prolongando la situación durante dos meses. Fue el pasado 8 de marzo, concretamente, cuando la hostelería pudo volver a abrir al público el interior de sus locales tras haberlos cerrado el 10 de enero, pero no ha podido aguantar ni un mes. Además, el próximo lunes la Junta cuenta con revisar situación de nuevo por si incorpora más municipios a la relación de afectados por la nueva medida. 

No obstante, esta vez la Junta no cierra al mismo tiempo los gimnasios ni los negocios no esenciales de centros comerciales que carezcan de acceso independiente. 

COMUNICADO DE LA JUNTA. Tal y como detalla la Junta en un comunicado de prensa remitido este lunes, el nuevo régimen de restricciones afecta de momento a las localidades de Burgos, Medina de Pomar, Briviesca y Miranda de Ebro (Burgos); Palencia, Cervera de Pisuerga, Aguilar de Campoo, Villamuriel de Cerrato y Venta de Baños (Palencia); Villablino y La Pola de Gordón (León); Villamayor, Santa Marta de Tormes y Carbajosa de la Sagrada (Salamanca); Segovia, Riaza y El Espinar (Segovia); Soria y Burgo de Osma (Soria); y Valladolid y Tudela de Duero (Valladolid), términos municipales en los que los indicadores epidemiológicos y asistenciales conducen a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del coronavirus SARS-CoV-2. A continuación se reproduce íntegro el comunicado:

El acuerdo tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 horas del día 6 de abril, por un período que inicialmente se extiende durante catorce días, hasta el 19 del mismo mes inclusive; no obstante, la Junta actualizará cada siete días el anexo de términos municipales afectados.

Asimismo la autoridad sanitaria autonómica realizará una labor de seguimiento y de evaluación continua de los indicadores sanitarios, sociales y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.

Las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional que se implementarán a partir del 6 de abril en los 21 municipios castellanos y leoneses indicados son las siguientes:

Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:

Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio de que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

Además de este régimen agravado, en estos 21 municipios se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, en el que se halla la totalidad de la Comunidad autónoma y que se recogen en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

También serán de aplicación las medidas y recomendaciones específicas recogidas tanto en el Acuerdo 30/2021 del Gobierno castellano y leonés como en el Acuerdo 9/2021, de la Presidencia de la Junta, a través de las que se implementan en la Comunidad de Castilla y León las decisiones aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para la contención de contagios de la covid-19, vigentes hasta el 9 de abril.