La Junta ha recibido desde el 16 de marzo 1.735 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por parte de empresas de Segovia que afectan a 7.569 trabajadores, según datos actualizados hasta las 14.00 horas de este lunes. A nivel autonómico van 24.990 con una afección potencial de 139.811 trabajadores.
Los datos que facilita la Administración regional corresponden a "ERTE que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria". Su reparto por provincias es el siguiente:
- Ávila: 1.515 ERTE y 5.977 trabajadores.
- Burgos: 3.505 ERTE y 24.210 trabajadores.
- León: 5.023 ERTE y 18.027 trabajadores.
- Palencia: 1.459 ERTE y 6.738 trabajadores.
- Salamanca: 3.344 ERTE y 11.563 trabajadores.
- Segovia: 1.735 ERTE y 7.569 trabajadores.
- Soria: 986 ERTE y 5.401 trabajadores.
- Valladolid: 5.413 ERTE y 23.153 trabajadores.
- Zamora: 1.693 ERTE y 5.872 trabajadores.
- Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 317 ERTEs y 31.301 trabajadores.
La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTE recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse en este enlace.
Conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:
- Las Oficinas Territoriales de Trabajo de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.
- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.