El pleno del Ayuntamiento de Segovia ha aprobado por unanimidad una pionera modificación de su Ordenanza de Convivencia Ciudadana con el objeto de tipificar nuevas conductas encaminadas a proteger el patrimonio histórico de la ciudad. De esta manera, el Consistorio se enfrentará a los actos vandálicos, no solo haciendo alusión a monumentos concretos, sino a todos los edificios histórico-artísticos que se incluyan en el ámbito declarado como Ciudad Vieja y su Acueducto incluido en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO.
Con esta modificación, se sancionará con multas de entre 1.500,01 a 3.000 euros las infracciones muy graves que atenten contra el espacio urbano por realizarse sobre monumentos histórico-artísticos, edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente o edificios ubicados dentro del ámbito declarado como "Ciudad Vieja de Segovia y su Acueducto" incluido en la lista de Patrimonio Mundial por la UNESCO."
La medida tomada por el Ayuntamiento cumple además con la Ley de Procedimiento Administrativo en la que se invita a las administraciones púbicas a no generar más normativa que en este momento existe.
Por otro lado, se añaden nuevos puntos como la prohibición de depositar o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente; la prohibición de introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia; y la prohibición de tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.
Tendrán la consideración de hechos graves, y se sancionarán con multas de entre 750,01 a 1.500 euros, la realización de operaciones de reparaciones y mantenimiento de vehículos cuando se haya vertido directamente cualquier tipo de residuo a los espacios públicos; la colocación de macetas u otros objetos sin la protección adecuada en las ventanas o balcones visibles desde la vía pública cuando se haya producido un riesgo concreto a las personas que transitan por los espacios públicos; el depósito de cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente; la introducción de papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia; o depositar junto al Acueducto, aún de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal.
Por otro lado, tendrán la consideración de infracciones muy graves, y serán sancionados con multas de entre 1.500,01 a 3.000 euros, el lanzamiento de cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente; tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia; el acceso a la parte superior del Acueducto y su canal desde el desarenador de San Gabriel hasta el final del monumento en el interior del Recinto Amurallado, sin autorización municipal; y escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto, sin autorización municipal.