Rechazan juzgar la muerte de Carrasco por violencia machista

Efe
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La magistrada entiende que Ángel Hernández cumplió la voluntad de su esposa y convierte este presunto delito en excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral

La muerte de Carrasco no se tratará como violencia machista - Foto: DMD

La jueza de Violencia sobre la Mujer número 5 de Madrid ha rechazado asumir la investigación de los hechos ocurridos el pasado día 3 cuando Ángel Hernández ayudó a su esposa, María José Carrasco, aquejada de una grave enfermedad, a suicidarse ingiriendo una sustancia.

Así lo acuerda la magistrada en un auto en el que rehúsa la inhibición del Juzgado de Instrucción 25 de Madrid respecto del asunto, al entender que la solicitud expresada a su marido de forma seria e inequívoca por parte de la esposa de poner fin a su vida convierte este presunto delito en excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral de violencia sobre la mujer.

De esta forma, la magistrada se inhibe como le solicitó la Fiscalía ayer en un escrito en el que explicaba queel marido ayudó a su esposa a ingerir una sustancia para terminar con su vida, pero fueron unos "hechos cometidos por petición expresa" de María José Carrasco y "dada la enfermedad que padecía".

Para la Fiscalía, el Juzgado número 5 de Violencia sobre la Mujer carece de competencia para conocer del presente asunto porque las diligencias abiertas a raíz del fallecimiento de María José Carrasco tienen por objeto la comisión de un delito de cooperación al suicidio.

El Ministerio Público insiste en que "desde el primer momento existía la constancia de que María José Carrasco, aquejada de una grave, dolorosa e incurable enfermedad que le hacía totalmente dependiente, manifestó repetidamente su deseo de morir de una forma libre, pública y consciente".

Añade que la mujer pidió a su marido la ayuda necesaria que precisaba para llevar a cabo su deseo de morir "accediendo el investigado a poner fin a ese sufrimiento que arrastraba desde hacía 30 años".

De esta manera "no puede razonablemente sostenerse la existencia de ese contexto de dominación y de relaciones de asimetría y de poder sobre la mujer que perfila y define la violencia de género", agrega.

La Fiscalía subraya que "Ángel Hernández accedió a la decisión de su mujer, algo totalmente ajeno a la idea de dominación y de relaciones asimétricas".

Para el Ministerio Público "han quedado acreditadas desde el inicio del procedimiento esas coordenadas radicalmente diferentes a las que hace referencia la jurisprudencia y que le alejan del ámbito y del espíritu de la violencia de género y de la competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer".

Señala que "se trata de una cooperación al suicidio o, lo que es lo mismo, auxilio a un deseo expreso, manifiesto y patente de la persona fallecida, sin que exista ninguna situación de sometimiento por parte de la misma".