Suben hasta 3.000€ las multas para proteger el casco histórico

D. A.
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Trepar el Acueducto, dejar que un perro orine sobre sus sillares, realizar pintadas en cualquier edificio del casco histórico... Las nuevas sanciones previstas en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana entran en vigor este sábado 11 de marzo

Permitir que un perro orine sobre los sillares del Acueducto conllevará multas de 3.000 euros.

El Gobierno local del Ayuntamiento de Segovia contaba con haber endurecido las sanciones para proteger el Acueducto en los 100 primeros días de este mandato y al final ha sido dentro de los 100 últimos, pero el caso es que el hito administrativo ya es un hecho después de que este viernes 10 de marzo se haya publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la modificación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, que de esta forma entra en vigor con fecha del día siguiente, 11 de marzo. Y finalmente no sólo endurece las sanciones para proteger el icono de la ciudad, sino toda el área declarada Patrimonio de la Humanidad. 

La ordenanza específica del Acueducto ya se confirmó en 2020 que se descartaba por incompatibilidades detectadas en 2018 con otros textos legales vigentes que también habrían tenido que revisarse, de ahí que se optara por una modificación de la ordenanza vigente de convivencia ciudadana. De esta forma, la sanción por trepar el Acueducto pasa de apenas 100 euros a 3.000, lo mismo que pasará a costar el acceso sin permiso al canal del monumento; lanzarle «cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico»; o «el vertido de cualquier sustancia líquida», donde entra el supuesto de permitir que un perro orine en sus sillares. 
Asimismo, las sanciones por pintar sobre el icono de la ciudad saldrán por 3.000 euros más los costes de reposición, y también se tipificará como infracción muy grave (de 1.500,01 a 3.000 euros) realizar pintadas sobre cualquier otro monumento histórico de la ciudad, o incluso sobre edificios comunes, no protegidos, que estén dentro del ámbito declarado Patrimonio de la Humanidad.

Fue en el pleno del 30 de diciembre de 2022 cuando se acordó por unanimidad la aprobación inicial de esta modificación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Segovia. En el punto tercero de la parte dispositiva de este acuerdo se establecía que si durante el trámite de información pública no se presentara ninguna reclamación o sugerencia se entendería aprobaba definitivamente la modificación de la ordenanza, y así ha sucedido.

"Con esta modificación, el equipo de Gobierno hace uso de las herramientas normativas a su alcance para tratar de impedir agresiones al patrimonio histórico-artístico con la tipificación de nuevas conductas detectadas como una amenaza a la integridad de este legado. Supone, en suma, una muestra más de su firme compromiso para proteger al máximo los valores y elementos que distinguen a Segovia como una Ciudad Patrimonio Mundial de la Humanidad", afirmaba este mismo viernes el gabinete de Alcaldía a través de un comunicado de prensa.

Las nuevas sanciones. El año pasado se pusieron al menos once multas por subirse al Acueducto, y al menos diez desde mayo, aunque solían ser de sólo 100 euros. No obstante, con la nueva normativa suben a 3.000, lo mismo que pasa a costar el acceso sin permiso al canal del monumento; lanzarle «cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico»; o «el vertido de cualquier sustancia líquida», donde entra el supuesto de permitir que un perro orine en sus sillares. 

Asimismo, las sanciones por pintar sobre el icono de la ciudad saldrán por 3.000 euros más los costes de reposición, y también se tipifica como infracción muy grave (de 1.500,01 a 3.000 euros) realizar pintadas sobre cualquier otro monumento histórico de la ciudad, o incluso sobre edificios comunes, no protegidos, que estén dentro del ámbito declarado Patrimonio de la Humanidad. Y 1.500 euros para quien introduzca cualquier residuo entre las juntas de los sillares. 

NUEVAS INFRACCIONES QUE SE CONSIDERARÁN MUY GRAVES (1.500-3.000 €)
• Realizar todo tipo de grafiti, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura, materia orgánica, o similares), o bien rayando la superficie, de edificios ubicados dentro del ámbito declarado como Patrimonio Mundial por la Unesco.
• Escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto, sin autorización municipal.
• Acceder a la parte superior del Acueducto y su canal desde el desarenador de San Gabriel hasta el final del monumento en el interior del Recinto Amurallado, sin autorización municipal.
• Lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
• Tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto.

NUEVAS INFRACCIONES QUE SE CONSIDERARÁN GRAVES (750-1.500 €)
• Depositar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística.
• Introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.
• Depositar junto al Acueducto, aún de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal.