Absueltos los doce acusados de la 'Operación Resurgir'

Nacho Sáez
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Entre los procesados por tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal estaba el autor del robo de las coronas de la Virgen de la Fuencisla.

Juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Segovia a mediados de febrero. - Foto: Nacho Valverde Ical

La Audiencia Provincial de Segovia ha absuelto a los doce acusados de la ‘Operación Resurgir’, que creyó dar por desmantelada una organización criminal dedicada al tráfico de drogas y al blanqueo de capitales. Los magistrados Ignacio Pando, Jesús Marina y María Asunción Remírez no han apoyado las tesis de la Fiscalía, que solicitaba penas que oscilaban entre los cuatro y los nueve años de cárcel.

Quedan por tanto en libertad la mayoría de los detenidos -al menos uno está en prisión por otros delitos- en el espectacular despliegue que llevó a cabo la Guardia Civil en junio de 2019 y que incluyó registros en viviendas de los barrios de San Millán, San José, Nueva Segovia y el Cristo del Mercado. Una investigación que además –según aseguró la Delegación del Gobierno- permitió esclarecer un asesinato en Miranda de Ebro (Burgos), aunque este caso está pendiente de ser juzgado.

El procedimiento por tráfico de drogas y pertenencia a banda criminal llegó a la vista oral muy tocado por la anulación -decretada por la Audiencia Provincial de Segovia pocos días antes- de la mayoría de las escuchas realizadas por la Guardia Civil a los investigados –con la autorización del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Segovia- a través de pinchazos en sus teléfonos y la colocación de micrófonos en sus coches.

En la sentencia dictada ahora, el tribunal concluye que “no existe prueba lícita que permita concluir que ninguno de los acusados se dedicase al tráfico, transporte o venta de drogas a terceros”. Así, por ejemplo, respecto al condenado en 2014 por robar las coronas de la Virgen de la Fuencisla, que fue uno de los procesados en esta causa, señala que “existen indicios de que pudiera dedicarse al tráfico ilícito de alguna sustancia estupefaciente, pero excluido el contenido de las conversaciones telefónicas lo que nos queda es insuficiente para poder afirmar con certeza que se dedicaba a la venta de cocaína”. En el registro de su casa se halló una báscula de precisión y numerosos teléfonos móviles pero ni rastro de droga. Tampoco se interceptó con sustancias estupefacientes a ninguna de las personas que supuestamente acudían a su vivienda a adquirirla, ni a él mismo tras una entrevista con otra persona en Madrid en la que, creen los agentes, se produjo un intercambio.

Lo mismo ocurre con el resto de acusados. Ni siquiera son condenados el hombre y la mujer que fueron interceptados en la AP-61 con un kilo de cocaína en el coche. El tribunal no admite tampoco su delito porque su detención se produjo como consecuencia de las escuchas ilegales, según remarca.

No obstante, en el marco de esta operación se conoció que se iba a transportar una elevada cantidad de droga desde Colombia a España y un hombre fue interceptado en el Aeropuerto de Barajas con once kilos de cocaína. Un delito por el que fue juzgado en Madrid y condenado. También se reveló que el acusado D. D. J. habría asesinado a un hombre en Miranda de Ebro. En este sentido, la Audiencia Provincial de Segovia dicta que serán lícitas a efectos de una condena las pruebas que se obtengan a partir de las investigaciones iniciadas por las escuchas no admitidas en este procedimiento. Se encuentra a la espera de juicio.