Ratifican la condena por acuchillar a un hombre en La Granja

Ical
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El Supremo desestima el recurso contra una pena de 5 años de prisión por un suceso en el que la víctima fue acuchillada en el cuello hace tres años

Travesía de la Reina - Foto: Google

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ratificó una condena de cinco año de cárcel a un hombre por acuchillar a otro en el cuello. Los hechos ocurrieron en agosto de 2017, en la calle Travesía de la Reina, en el Real Sitio de San Ildefonso.

Igual que hiciera en su momento el TSJCyL, el Supremo confirma la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Segovia por un delito de homicidio en grado de tentativa, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de toxicomanía de larga duración, a la pena de cinco años de prisión y una indemnización al perjudicado de 620 euros por lesiones y de 15.000 euros por secuelas.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictó en enero de este año el auto por el que desestimó el recurso de apelación interpuesto por el acusado, al no ver “la concurrencia de la eximente completa o incompleta”, al estimar que no había existido una agresión previa por parte de la víctima.

“El acusado se acercó a la víctima cuando la misma conversaba o discutía con otra persona, al parecer amigo del agresor, enarbolando, ya cuando se acercaba, un arma blanca que portaba, y le agredió propinándole un golpe en una zona vital”, recordó el Tribunal Supremo, siguiendo el auto del TSJ de Castilla y León.

“En tal estado de circunstancias, es evidente, como lo apreció el Tribunal de apelación, que no concurría ninguno de los elementos propios de la eximente invocada, no constando acreditado que el acusado fuera agredido previamente por la víctima. En consecuencia, la cuestión carece de relevancia casacional”, recoge el Alto Tribunal.