La Audiencia mantiene la vista sobre las prejubilaciones

A.M.
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Un auto de la Sala legitima a la Fundación Caja Segovia como acusación particular por lo que se rechaza el principal argumento de la defensa de los acusados

La Audiencia mantiene la vista sobre las prejubilaciones

La Audiencia  Provincial ha avalado la legitimidad de la Fundación Caja Segovia como acusación particular, rechazando el principal argumento de la defensa de tres exmiembros del consejo y otras tantos exdirectivos de la entidad de ahorro de administración desleal y apropiación indebida, por lo que las acusaciones solicitan, dependiendo de los casos, un máximo de nueve años de cárcel y un mínimo de tres, y para otros cinco exmiembros de la dirección por su condición de responsables a título lucrativo por aprobar, en un caso, o ser destinatarios en otro, de un plan de prejubilaciones de 17,2 millones de euros.

La Sala, que preside el magistrado José Miguel García Moreno,  ha rechazado todas las cuestiones previas de las defensas que, salvo casos puntuales, barajaban la misma estrategia: que no podía contemplarse a la Fundación Caja Segovia como perjudicada por los delitos sobre los que versa el juicio y, por tanto, no debía tener consideración de acusación particular.  Dado que el Ministerio fiscal siempre ha planteado el archivo de la causa, de haberse aceptado la petición, el juicio no hubiera continuado.. 

Por tanto, la vista oral continuará a partir de este 5 de febrero, martes, durante cinco días más y, si fuera preciso, el día 19. Como en la primera sesión, ocuparán banquillo el expresidente Atilano Soto, y los exvicepresiden tes Manuel Agudíez y Elena García Gil, así como quienes fueron director, Manuel Escribano; secretario general, Antonio Tapia, y jefe de recursos humanos, Enrique Quintanilla. En la sala permaneció el exdirector Miguel Ángel Sánchez Plaza, del grupo de quienes están considerados como responsables a título lucrativo, mientras que no es preciso que acudan a la vista, al estar representados por sus letrados,  Óscar Varas, Juan Magaña, Juan Antonio Folgado y Mala1quías del Pozo. Asimismo figura Caser, como responsable civil directo.

Un auto de la Audiencia  considera ilustrativa una sentencia de la Sala de lo penal, Sección 4ª del Tribunal Supremo  sobre denegación irracional para ejercer como acusación particular, de la que fue ponente el magistrado Andrés Palomo, anterior presidente de la Audiencia de Segovia. En el fallo se acepta la legitimación de la Caja de Ahorros del Mediterráneo y del Fondo de Garantía de Depósitos para ejercer la acusación particular.

SENTENCIA. Como en el caso resuelto en la citada sentencia, de acuerdo con el auto,  «en el presente caso, Caja Segovia, con personalidad jurídica propia, por virtud de escritura pública de segregación de 16 de mayo de 2011 trasmitió en bloque a Banco Financiero de Ahorro [que creó Bankia] la totalidad de su patrimonio empresarial, consistente en su negocio bancario (…)  sin que Caja Segovia se extinguiera entonces, quedando la personalidad ‘matriz’, en la parte no segregada, los activos y pasivos de la obra social y aquéllos que por restricciones legales o contractuales no podían ser traspasados, la marca Caja Segovia, y los bienes a que se alude en la excepción a la trasmisión que figura en la citada escritura, de ahí que conserve su NIF pues mantiene su personalidad jurídica primigenia, siendo que al parecer Caser continuó haciendo a aquélla los ingresos derivados de las pólizas suscritas».

Añade que, posteriormente, por virtud de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2010, de 9 de julio. Caja Segovia quedó transformada, «por imperativo legal», en Fundación Caja Segovia. El auto añade que, «personada en autos Caja Segovia resultaba ser la parte ofendida en la forma que vienen imputados los delitos a los acusados, por cuanto Caja Segovia era la titular del capital que, según las acusaciones, se dispuso de forma indebida para las prejubilaciones; y es también Caja Segovia quien directamente resultó perjudicada a través de la dotación de las pólizas a tal efecto».