Los okupas abandonan el chalet de Peñas del Erizo

Nacho Sáez
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Su salida se ha producido de forma voluntaria y sin incidentes tras ser identificados ayer por la Guardia Civil en aplicación de la nueva instrucción dictada por la Fiscalía General del Estado.

Los okupas abandonan el chalet, esta mañana. - Foto: Juan Luis Misis

"Nos ha sorprendido y a la Guardia Civil también. Qué suerte hemos tenido". Juan Luis Misis, uno de los propietarios del chalet de la urbanización Peñas del Erizo que permanecía okupado expresaba en la mañana de este jueves su satisfacción por el desenlace de un conflicto que ya había llegado a los juzgados. Lo denunciaron este pasado mes de agosto y enseguida la preocupación se extendió a otros vecinos de la zona, temerosos de que pudiese ocurrir lo mismo en más inmuebles.

La vivienda que fue okupada es unifamiliar y cuenta con piscina dentro de una parcela que alcanza los 10.000 metros cuadrados. "Ayer nos avisaron de que iban a desokupar la casa y que nos iban a entregar las llaves, y esta mañana se han marchado", explica el mencionado propietario en conversación telefónica con El Día de Segovia.

Ya han podido entrar y no se han encontrado desperfectos. "Algo de suciedad y abandono fuera, pero nada más", apunta. Fuentes de la Subdelegación del Gobierno han confirmado a esta redacción que la marcha de los okupas de este chalet se ha producido voluntariamente y desvelan que efectivos de la Guardia Civil ya procedieron ayer a su identificación en cumplimiento con la nueva instrucción dictada por la Fiscalía General del Estado.

La titular de este órgano, Dolores Delgado, dictó este martes una instrucción que unifica criterios de actuación frente a delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles en la que insta a los fiscales a facilitar el desalojo de inmuebles ocupados. Ello debe hacerse "siempre que la medida cautelar sea justificada" y teniendo en cuenta la "situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupen el inmueble", entre las que cita menores, personas en claro desamparo o discapacidad. Dichas circunstancias deben ser además notificadas a los servicios sociales, según informa Europa Press.

La instrucción detalla cuatro momentos en los que los fiscales pueden pedir a los jueces esta medida cautelar de desalojo: tras conocer el atestado policial siempre que éste facilite información suficiente; durante la tramitación de cualquier procedimiento judicial por delito de allanamiento o usurpación; durante la celebración de los juicios por delito leve de usurpación siempre que se promueva la condena del denunciado y también en el momento en el que unas diligencias de información de la Fiscalía sobre hechos relacionados con la 'okupación' se judicialicen, es decir, se pongan en manos de un juez. Cuando la autoridad judicial desestime la petición de medidas cautelares instada por el fiscal, esto es, rechace el desalojo, los fiscales deberán presentar recurso, según detalla la instrucción de Delgado. No obstante, no deben olvidar los fiscales dar al investigado por ocupación la oportunidad de ofrecer su versión de los hechos, según subraya la Instrucción.

INSTRUCCIÓN TAMBIÉN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. Hoy, por su parte, el Ministerio del Interior ha unificado los criterios de actuación frente a la 'okupación' tanto de la primera como de la segunda vivienda ordenando a los policías que elaboren atestados más precisos que permitan el desalojo inmediato y la detención sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante. En adelante, dejarán constancia de puertas y ventanas forzadas, coacciones al propietario y vecinos o consumo irregular de luz y agua. Así consta en la instrucción con el 'Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles' que ha firmado este jueves el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, y que ayer avanzó en el Congreso el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

Según explican a Europa Press fuentes de Interior, el protocolo recoge "pautas sencillas y directas" para las actuaciones operativas de policías, en respuesta a la reciente Instrucción 1/2020 de la Fiscalía General del Estado instando a que se agilicen las medidas cautelares para proceder al desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada. Para ello será fundamental que la fuerza actuante elabore atestados lo más completo posible y que incorporen testimonios in situ de vecinos o pruebas como fotografías o vídeos de una puerta forzada. También se pedirá una inspección ocular en la finca con detalle y anotar posibles delitos conexos como coacciones y amenazas a vecinos, así como otras irregularidades como apropiarse de luz y agua ajena. El objetivo es limitar la necesidad de aclaraciones posteriores a requerimiento de fiscales y jueces. Las citadas fuentes entienden que los agentes, a partir de ahora, serán "más proactivos sin descuidar el cumplimiento de la ley o generar otras injusticias". Desde Interior no creen que haga falta un cambio legislativo para actuar contra la "percepción subjetiva de inseguridad" que rodea a la 'okupación' --ha crecido un 5% en el primer semestre de 2020, pero baja si se compara con el dato anual-- y que lo que se hace ahora es "generar seguridad y eficacia a la actuación policial unificando criterios en toda España".