Casi 5 años de cárcel para un funcionario de Comisaría

DS
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Estaba acusado de cobrar de más a decenas de ciudadanos con las tasas de renovación del DNI

Declaran culpable al funcionario de Comisaría que malversó

La Audiencia Provincial ha condenado a cuatro años y siete meses de prisión a un funcionario de la Comisaría de Policía Nacional de Segovia, C. A. F., que fue acusado de haberse apropiado de 2.000 euros de las tasas de renovación del DNI. También se le condena a una multa de 16 meses, con cuota diaria de 10 euros, e inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo, por tiempo de cuatro años y un mes, así como a que indemnice al Estado en la cantidad de 672 euros más intereses.

El funcionario, que no forma parte del Cuerpo Nacional de Policía, estaba acusado de cobrar tasas falsas de forma continuada y de haber manipulado la aplicación informática para que no quedase registrado los pagos que realizaban los ciudadanos y poder llevase el dinero. Los hechos se produjeron entre enero y septiembre de 2019, tiempo en el que se le acusaba de haber sustraído unos 2.000 euros en decenas de actuaciones irregulares. Según fuentes judiciales, trabajaba en la oficina de renovación del DNI de la Comisaría de Segovia y se servía de dos métodos para lograr su objetivo: cobraba tasas que no estaban estipuladas y se las quedaba o, en el caso de que el ciudadano sí que tuviera que realizar algún pago, manipulaba el sistema informático para que no quedara registrado que se había producido un ingreso.

El jurado popular ya le declaró culpable el 21 de junio y la sentencia, dictada con fecha 13 de julio, ha sido facilitada este viernes a la prensa por fuentes judiciales autorizadas. 

HECHOS PROBADOS. En la sentencia, dentro del capítulo de hechos probados, la Audiencia relata que el procesado, mayor de edad y sin antecedentes penales, es funcionario público y, en el periodo comprendido entre enero y julio de 2019, estaba destinado en la Oficina de Expedición de Documento Nacional de Identidad y Pasaporte de la Comisaría Provincial de Segovia, atendiendo a los ciudadanos que acudían a renovar su D.N.I., lo que el acusado hacía a través de la aplicación informática habilitada al efecto.

El acusado introducía y grababa los datos necesarios en la base de datos del D.N.I., y cobraba en metálico a cada ciudadano, cuando correspondía, la tasa de 12 euros establecida por la renovación de D.N.I. en el año 2019.

En algunos casos la renovación es gratuita, al tener tasa 0, como en los supuestos en que, durante la vigencia del D.N.I. se produce alguna variación de alguno de los datos que se recogen en el mismo, como cambio de domicilio, o en supuestos de error o defecto de funcionamiento del chip informático incorporado al D.N.I., o en los casos en que se acredite la condición de miembro de familia numerosa.

En concreto, para renovar el D.N.I. cuando se había producido un cambio en el domicilio del ciudadano, el funcionario que tramitaba la renovación debía pulsar en la aplicación informática la tecla "cambio de domicilio", que abría una nueva pantalla, que ofrecía dos alternativas: 1º) con volante de empadronamiento, caso de que el ciudadano lo llevara; y 2º) con acceso al padrón municipal, que permitía volcar los datos del padrón.

Entre los días 16 de enero a 22 de julio de 2019, en supuestos de renovación del D.N.I. en vigor, aunque el ciudadano no hubiera manifestado que había cambiado de domicilio, por no haberse producido tal cambio, el acusado pulsaba en su ordenador la tecla "cambio de domicilio" y, seguidamente, la opción de volcado de datos del padrón.

En estos casos, si el domicilio que figuraba en el padrón no era exactamente igual al que figuraba en el D.N.I. a renovar, por existir alguna pequeña diferencia, la aplicación informática lo detectaba como cambio de domicilio, que no era real, pero que determinaba que la renovación del D.N.I. se generase con tasa 0 o de forma gratuita, cuando al no haberse producido realmente cambio de domicilio debía generarse con la tasa de 12 euros, cobrando el acusado esta cantidad al ciudadano, si bien en la base de datos oficial quedaba constancia de que el correspondiente D.N.I. se había renovado con tasa 0.

El acusado no entregaba a su superior, haciéndola suya, la cantidad cobrada, y así hizo con decenas de ciudadanos. Como consecuencia de estos hechos, el Tesoro Público dejó de ingresar la cantidad de 672 euros:

Asimismo, entre enero y julio de 2019, en supuestos en que la renovación del D.N.I. debía ser gratuita por estar aún en vigor el documento y haber cambiado realmente de domicilio el ciudadano, bien por haber cambiado su residencia o bien por cambio municipal de denominación de la calle o de la numeración de la misma, y tramitando la renovación por tanto con tasa 0, el acusado cobró a ciudadanos una cantidad de dinero, ocultándoles el dato de la gratuidad. Asimismo, no entregó a su superior las cantidades cobradas en los supuestos indicados en el anterior hecho.

FALLO. Por todo ello la Audiencia, sobre la base del veredicto emitido por el Tribunal del Jurado, condena al procesado como "autor penalmente responsable de un delito continuado de falsedad en documento público cometido por funcionario público en el ejercicio de sus funciones, en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño, a la pena de cuatro años y siete meses de prisión, multa 16 meses, con cuota diaria de 10 euros, e inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo, por tiempo de cuatro años y un mes". También a que indemnice al Estado en la cantidad de 672 euros más los intereses establecidos en el art. 576 de la L.E.C.

Asimismo, sobre la base del veredicto emitido por el Tribunal del Jurado, condena al acusado por un delito continuado de exacciones ilegales, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño, a la pena de multa de quince meses y un día, con cuota diaria de 10 euros, y a suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 3 años, 1 mes y 15 días.

Y además, también se le condena a indemnizar a una treintena de ciudadanos, con 12 euros a cada uno.