El proyecto de pádel del Claret "no cumplía la normativa"

DS
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El Ayuntamiento relata con fechas su versión de la tramitación del proyecto de complejo de pádel al que le ha denegado licencia de obras tras consultar a la Comisión de Patrimonio de la Junta, e insta al promotor a presentar una alternativa legal

Las pistas de pádel del Claret "no cumplían la normativa"

"El cumplimiento de la normativa urbanística, el Plan Especial de Áreas Históricas (Peahis) entre otras, es la única garantía posible para el desarrollo de la ciudad y para la conservación del patrimonio histórico, y es la única herramienta para proporcionar confianza a los promotores y a la ciudadanía". Según el equipo de Gobierno, "este es el principio en el que se basa el trabajo del área de Urbanismo del Ayuntamiento de Segovia", recalca a través de un comunicado en el que defiende su actuación en el rechazo del proyecto del complejo de pistas de pádel en la finca del Colegio Claret.

Partiendo de ese principio y de que la concesión de licencias de obra son un acto reglado, es decir, no se pueden denegar si la documentación presentada cumple la normativa en vigor y tampoco se pueden conceder si no la cumple, el Ayuntamiento de Segovia tramitó la petición realizada por el promotor para la construcción de pistas de pádel con resolución desfavorable para los intereses del promotor.

"En este caso y a petición del propio centro de enseñanza, el Peahis (en vigor desde el 13 de enero 2020) incluye la posibilidad de construir un equipamiento de una única planta en su finca, siempre cumpliendo con una serie de requisitos, entre otros que la altura máxima del edificio ha de ser de 4,5 metros. Y es que durante la fase de redacción del Peahis se mantuvieron reuniones con los promotores, al igual que con los representantes del centro, para ver las posibilidades de ejecución que en todo caso siempre debía materializarse en un proyecto concreto que tendría que redactarse con la normativa que se aprobara definitivamente".

"El 6 de abril de 2020 (tres meses después de la entrada en vigor del PEAHIS), el promotor de la construcción de unas pistas de pádel en el centro educativo Claret presenta el proyecto básico en las dependencias de Urbanismo", relata el Ayuntamiento. "El 6 de julio de ese año se le responde y ya se le advierte que debe introducir una serie de modificaciones para que el proyecto responda a la normativa en vigor (PEAHIS). Se les solicita que el justifique que el proyecto cumple la línea máxima de altura debe ser de 4,5 metros en una única planta; deben presentar la planimetría que lo justifique así como la simulación de la fachada hacia la avenida Padre Claret por ser límite del BIC (conjunto histórico de las calles y plazas a lo largo del Acueducto). También debían justificar el tipo de cubierta a colocar; definir las infraestructuras exteriores a la instalación deportiva –zona de aparcamiento- así como la dotación mínima del número de plazas de estacionamiento que requieren estas dotaciones. Por último, se les indicaba que la zona de club, recepción y cafetería, que figuran en su proyecto, no se pueden incluir en este tipo de instalaciones dotaciones".

Asimismo, el Ayuntamiento relata que el 14 de septiembre de 2020 el promotor presentó "nueva documentación que vuelve a ser insuficiente". "El técnico municipal mantiene conversaciones con el redactor del proyecto para pedirle que corrija, subsane y complete la documentación que se requiere teniendo en cuenta el Peahis. No hay respuesta y en diciembre de 2020 el Ayuntamiento emite informe desfavorable al proyecto presentado".

"Una vez más, de esta resolución se informa al promotor dándole la oportunidad de subsanar los errores y de cambiar el proyecto adaptándolo a la normativa, por ejemplo, excavando el terreno para hacer que la instalación cumpla con la altura máxima o que la construcción se plantee de manera escalona a lo largo del terreno para logra que cause el menor impacto con el entorno porque esa instalación debe integrar la gran volumetría en la parcela a menos de 100 metros del Acueducto".

Siempre según la versión municipal, "el promotor no ha presentado subsanación y el Ayuntamiento, cumpliendo escrupulosamente la normativa en vigor, ha denegado la licencia de obras".

"A mayores, se solicitó informe de asesoramiento a la Comisión Territorial de Patrimonio y este órgano hacía dos recomendaciones, la primera que se buscara una solución para la cubierta que implique una mayor integración paisajística en el entorno y, la segunda, que antes de autorizar las obras es necesario hacer un estudio arqueológico de la zona. En todo el procedimiento no ha existido ni descontrol ni falta de organización en la Concejalía de Urbanismo. Se ha seguido rigurosamente los procedimientos que requieren proyectos como este, siempre cumpliendo con la legalidad".

"En definitiva, el proyecto que ha sido informado no cumple la normativa urbanística, el promotor nunca ha planteado una alternativa que se ajuste a lo requerido, pero eso no significa que sea imposible la construcción de un completo deportivo en esta finca. Solo es necesario que el proyecto presentado cumpla con la legalidad vigente", concluye.