El Ayuntamiento sanciona apartamentos turísticos ilegales

D.S.
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La apertura de este tipo de establecimientos requiere de la previa autorización ambiental

El Ayuntamiento sanciona apartamentos turísticos ilegales

El Ayuntamiento de Segovia inicia el proceso sancionador a los primeros seis apartamentos turísticos abiertos sin la correspondiente licencia ambiental. A éstos se sumarán progresivamente aquellos que se encuentren en la misma situación, algunos de ellos denunciados por particulares o por otras asociaciones.

Para poder abrir un apartamento turístico, según establece la Ley Ambiental de Castilla y León, deben contar con la oportuna autorización ambiental, lo que implica comunicar el inicio de su actividad al ayuntamiento antes de que se ponga en marcha.

Si este requisito imprescindible no se cumple, la misma Ley recoge la posibilidad de sancionar al titular del establecimiento. El artículo 74 h) clasifica como infracción grave “la puesta en marcha de actividades sujetas a licencia ambiental sin haber realizado la comunicación de inicio” con multas que pueden alcanzar los 50.000 euros.

Además, la Ley permite que, una vez iniciado el procedimiento sancionador, el órgano competente para resolverlo, en este caso el Ayuntamiento de Segovia, pueda adoptar como medida preventiva la suspensión total o parcial de la actividad y su precinto.

El Ayuntamiento, a través de la concejalía de Urbanismo, lleva a cabo esta actividad, inspectora y sancionadora, de manera coordinada con la subdelegación del Gobierno, el Servicio Territorial de Cultura y Turismo y la Agrupación Industrial de Hosteleros Segovianos (AIHS).