El Boletín Oficial del Estado sorprendía este viernes al anunciar medidas de alivio para municipios de menos de 10.001 habitantes, que independientemente de estar en Fases 0 o 1, podían acogerse a medidas de alivio de Fase 2.
Una orden que tenía un condicionante que excluía a cuatro municipios de Segovia, además de la capital por superar en cuanto a densidad de población la cifra de 100 habitantes por kilómetro cuadrado.
Palazuelos tiene 5.416 habitantes, y una densidad de 147,57 habitantes por kilómetro cuadrado.
Hontanares tiene 1.464 habitantes y una densidad de 238,82.
La Lastrilla, con 3.891 vecinos, la densidad es 412,18.
San Cristóbal de Segovia tiene 3.051 vecinos, y la densidad es de 480,47.
El BOE señalaba que "esta orden será de aplicación tanto a los municipios como a los entes de ámbito territorial inferior al municipio recogidos en el artículo 24 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando tengan menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado".
Esta redacción ha hecho consulta a tres de los cuatro alcaldes de estos municipios, que tienen la confirmación verbal por parte de Subdelegación de Gobierno, de que pueden acogerse a estas medidas, a pesar de superar la densidad. Al ser ayer Santa Rita, y estar cerrada la administración, y también este sábado y domingo, los alcaldes pedirán por escrito el lunes esta confirmación. A pesar de ello este sábado ya había terrazas instaladas en alguno de los municipios como San Cristóbal.
En cuanto a la hostelería pueden proceder "a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, según lo establecido en el capítulo IV de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo".
Sí pueden abrir las terrazas a la mitad del aforo, eso sí desde el lunes 25, medida que incluye la Fase 1.
En relación a los paseos o salir a hacer ejercicio tienen mejoras como la no limitación en "el acompañamiento a solo un adulto responsable, pudiendo realizar dichos desplazamientos todos los convivientes en un mismo domicilio".
Mientras que en el caso hacer actividad pueden salir del término municipal, a los municipios adyacentes en un ratio de 5 kilómetros.
También podrán poner en marcha mercadillos con un aforo de un 25% y con prioridad para puestos de alimentación.