Los centros de Infantil deben adherirse a la oferta gratuita

SPC
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También se establece un plazo de tres meses para que puedan solicitar su autorización como centro educativo de primer ciclo de educación infantil

Imagen de archivo de una guardería. - Foto: Rebeca Ruiz

La Junta de Castilla y León publicó hoy, en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl), la Orden de la Consejería de Educación por la que se establece un plazo de 15 días para que las entidades locales u otras corporaciones públicas, titulares de centros autorizados para impartir enseñanzas del primer ciclo de educación infantil o centros públicos y privados que presten servicios especializados de atención a menores de tres años, comuniquen las unidades y plazas escolares con las que se adhieren a la oferta gratuita de plazas de dos a tres años para el curso escolar 2022-2023.

Según la Orden, se establece un plazo de 15 días para que dichos centros comuniquen su voluntad de adhesión a la oferta a la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa de la Consejería de Educación de la Junta, señalando el número de unidades en funcionamiento y las plazas escolares que deseen aportar a dicha oferta gratuita de plazas. A estos efectos, se computará una unidad por cada veinte alumnos y alumnas, o fracción de esta cantidad. De no aportar esta información, no se podrá participar en la oferta gratuita de plazas en el curso escolar 2022-2023.

Además, la Orden también establece un plazo de tres meses, desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, para que las entidades locales u otras corporaciones públicas, titulares de centros públicos o privados que presten servicios especializados en la atención a menores de 3 años que a la fecha de publicación de la presente orden ya se encontrasen en funcionamiento y deseen adherirse a la oferta gratuita de plazas en el tercer curso (2 a 3 años) del primer ciclo de educación infantil para el curso escolar 2022-2023, puedan solicitar su autorización como centro educativo de primer ciclo de educación infantil.

La solicitud de autorización como centro educativo de primer ciclo de educación infantil estará sujeta a la verificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León y establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo y, si procediese, se resolverá mediante la formalización del correspondiente convenio interadministrativo entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y el Ayuntamiento o el centro privado que corresponda.