Ponen la lupa en las ayudas de las fundaciones sindicales

SPC
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El contencioso administrativo da la razón a Empleo que rechazó ampliar una subvención a UGT

Ponen la lupa en las ayudas de las fundaciones sindicales

El Juzgado contencioso administrativo número 3 de Valladolid advierte contra la utilización de fundaciones sindicales para cobrar por duplicado subvenciones justificadas como gastos por cursos de formación. En este sentido, el tribunal rechaza en una sentencia el recurso de UGT de Castilla y León contra la decisión del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de no abonarles parte de una ayuda, que se corresponde con los gastos de las instalaciones donde se realizaba la formación que el sindicato alquilaba a su propia fundación. Los hechos objeto de litigio tienen que ver con una subvención directa concedida en 2013 a UGT para realizar cursos de orientación, formación e inserción laboral que el sindicato subcontrató con el Instituto de Formación y Estudios Sociales, fundación creada por la central y vinculada a ella. El juzgado considera probado que, posteriormente, UGT alquiló algunos de sus locales a esta entidad y reclamó que se subvencionase también los gastos generados por este arrendamiento, según figura en la sentencia a la que ha tenido acceso Ical.

El tribunal considera que este proceder es «muy cercano al ilícito penal» ya que el sindicato pretende que se le compensen algunos gastos derivados de estos cursos –teléfono, fax, luz, agua, calefacción, correo, seguridad y limpieza– que ya le son abonados en otra subvención para el funcionamiento de la organización dado que los locales se encuentran dentro de sus dependencias. En este sentido, pone como ejemplo que los gastos de limpieza del local «cedido» en Soria (entre comillas en la sentencia) sean justificados con las mismas facturas que acreditan el coste de limpieza necesarios para el funcionamiento de la sede de la capital y con el mismo importe. También, en Ávila se señala que la factura referida a la limpieza de la sede ni siquiera discrimina gastos e incluye tanto la limpieza de IFES, como de la Federación de Educación como de la propia UGT.

El tribunal coincide también con el Ecyl en rechazar esta ayuda de los gastos de alquiler porque se estaría subvencionando un hipotético ingreso que recibe UGT «por el mero hecho de haber creado una fundación interpuesta». «No se trata de un gasto real, pues se pretende que lo tiene quien en verdad no lo tiene», dice la sentencia, que acusa al sindicato de crear  «un artificio jurídico, constitutivo de un verdadero fraude» para que una entidad propia genere un gasto pagando a la central unos servicios, que en realidad no le supone coste alguno.