13 años de cárcel por agredir brutalmente a su prima

Nacho Sáez
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La Audiencia Provincial de Segovia condena a C. P. Á. por homicidio en grado de tentativa y abuso sexual y no por asesinato en grado de tentativa y agresión sexual, como pedía la Fiscalía.

C. P. Á., a su entrada a los juzgados el pasado 9 de marzo. - Foto: DS

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a trece años de prisión y diez de libertad vigilada al joven que intentó matar a su prima y, ya inconsciente, abusó sexualmente de ella en un domicilio de Turégano. En la sentencia, a la que ha tenido acceso esta redacción, los magistrados Ignacio Pando, Jesús Marina y María Asunción Remírez rechazan que se trate de un asesinato en grado de tentativa -tal y como sostenía la Fiscalía- y de una agresión sexual, según pedía el Ministerio Público y en este caso también la acusación particular y califican lo ocurrido como un homicidio en grado de tentativa y abuso sexual.

Los hechos, que han sido reconocidos en su mayoría por el ahora condenado, tuvieron lugar el 6 de septiembre de 2019. Ese día C. P. Á. había quedado con su prima para cenar y acudir a las fiestas de Carbonero el Mayor. Según el relato de hechos probados que figura en la sentencia, sobre las 23:35 horas, cuando ella se terminaba de vestir en un sofá, la golpeó por sorpresa en la cabeza y la tiró al suelo, donde primero la inmovilizó e intentó asfixiarla y, después, trató de estrangularla mientras le decía: 'Te quiero ver muerta'. Al no conseguir así su objetivo golpeó la cabeza de su prima "una y otra vez" contra el suelo hasta que quedó inconsciente, la bajó los pantalones y la penetró hasta eyacular antes de apagar las luces y abandonar el domicilio en un coche con el que sufrió un accidente en el municipio de Veganzones cuando circulaba a gran velocidad, según explica el tribunal.

Aunque la abogada de la defensa esgrimió en el juicio que los golpes no tenían como objetivo acabar con su vida sino satisfacer su deseo sexual, los magistrados no están de acuerdo. Apoyados en la prueba pericial forense, concluyen que los hematomas apreciados en las clavículas de la víctima son compatibles con un intento de estrangulamiento y no tienen dudas de que quiso matarla. "Los brutales golpes de la cabeza de la víctima contra el suelo ponen de relieve una intención que va más allá del mero ánimo de lesionar y de eliminar una posible defensa", remarcan.

El tribunal también considera de "especial trascendencia" la existencia de un móvil pasional, ya que él la deseaba sexualmente. "La víctima manifestó en su declaración que le había contado el día anterior al acusado que había tenido relaciones con un chico y que ese día, antes de la cena el acusado le había preguntado por esa relación y ella se la había contado más detalladamente, y luego cuando volvió con las hamburguesas ya le notó raro. [...] Y si ello es así, la consecuencia de esos celos, como es notorio de la experiencia judicial, es la intención de lesionar o matar a esa persona y no tanto de abusar sexualmente", argumentan los magistrados.

Estos descartan, sin embargo, que hubiera alevosía o ensañamiento en el ataque y califican los hechos como constitutivos de un delito de abuso sexual con penetración y no de agresión sexual. Una rebaja que justifican en base a diferentes motivos, entre ellos que "el acusado no quería matar y violar a la víctima, sino que quería matarla y luego se le ocurrió abusar sexualmente de ella" o que "se plantea como difícil, por no decir imposible, la concurrencia de forma simultánea del ánimo de matar y del ánimo de atentar contra la libertad sexual, puesto que si la conducta que se desarrolla se dirige a matar a la víctima, una vez muerta no habrá abuso sexual alguno, sino en su caso profanación de cadáver".

La defensa planteó a través de un informe psiquiátrico que se tuviera en cuenta la circunstancia eximente incompleta por anomalía mental y trastorno del control de impulsos del acusado -que aseguró haber sufrido acoso escolar de niño-, pero la Audiencia Provincial lo ha rechazado. "Denota una personalidad criminal latente y violenta que exige una especial corrección", dice de él, condenado también a abonar una indemnización a la víctima de 24.500 euros. La acusación y la Fiscalía solicitaban treinta años de prisión.