Un año de cárcel al dueño de la planta de Fuentepelayo

DS
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El Juzgado de lo Penal de Segovia ordena también la clausura de la instalación.

El gerente de la planta, Juan Francisco Cárdaba, durante el juicio celebrado este pasado enero. - Foto: DS

La sentencia considera probado que la planta se encontraba "muy por encima de su capacidad" y que en algunas parcelas de Fuentepelayo, Aguilafuente y Zarzuela del Pinar se depositaron montones de residuos orgánicos procedentes de la instalación "deficientemente compostados" hasta el punto de que había restos de pieles, plumas, caramelos envasados... Incluso señala que agentes del Seprona detectaron que las aguas de la Cacera de Las Cabras estaban sucias por las filtraciones de las balsas de lixiviados de la planta.

"La mala gestión de la planta ha supuesto un peligro grave para el equilibrio de los sistemas naturales tanto en las aguas como en el terreno pues, en el primer caso, los lixiviados reiterados a la Cacera de las Cabras que desemboca en el río Malucas producen un grave riesgo de atrofiación del río, y en el srgunfo caso, los depósitos de lixiviados y residuos sólidos producidos en los terrenos de las parcelas adyacentes a la planta suponen un riesgo de lixidiación de las aguas subterráneas y de contaminación futura del suelo, además del riesgo biológico que supone la existencia de depósitos de SANDACH mal compostados, especialmente para la fauna silvestre que se acerque al lugar", añade el fallo.

En virtud de esos motivos, el Juzgado de lo Penal bis condena a Juan Francisco Cárdaba a un año de cárcel por un delito contra el medio ambiente de valorización y transformación de residuos, a una multa de 12 meses con una cuota diaria de seis euros y le inhabilita para administrar o gestionar empresas dedicadas a la valorización o transformación de residuos. Además, ordena la clausura por dos años de la planta de compostaje, que tendrá que pagar también una multa de seis euros al día durante 12 meses y no podrá recibir ayudas y subvenciones públicas durante dos años. Por último, Cárdaba y la empresa deberán limpiar las parcelas en las que fueron depositados los residuos y la cacera en la que realizaban el vertido de lixiviados y compostar los residuos existentes en la planta.

La pena impuesta rebaja las pretensiones de la Fiscalía y de las acusaciones (Ecologistas en Acción y el Ayuntamiento de Fuentepelayo), que solicitaban castigos de prisión que iban desde los 15 meses hasta los dos años. La sentencia no es firme y admite recurso de apelación en el plazo de diez días.