El registro de la jornada amenaza a comercio y hostelería

Nacho Sáez
-

La obligatoriedad para las empresas de llevar un control de los horarios de sus trabajadores entrará en vigor el 12 de mayo.

El registro de la jornada amenaza a comercio y hostelería

Los trabajadores españoles realizaron en el último trimestre de 2018 casi seis millones y medio de horas extras y cerca de la mitad (2,9) no fueron pagadas, según los datos del Instituto Nacional de Estadística recogidos en la Encuesta  de Población Activa (EPA), que ponen de manifiesto la precariedad que hoy todavía define nuestro mercado laboral. Una situación que el Gobierno de Pedro Sánchez dice querer atajar a través de un real decreto-ley que aprobó el pasado 8 de marzo con el objetivo de «establecer el registro de la jornada de trabajo, a los efectos de garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social». Sin embargo, desde algunos sectores se señala que las medidas que se han implantado, una vez que el decreto fue convalidado el miércoles, carecen de la efectividad necesaria.

«Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada», se ha añadido en el artículo 34 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para el secretario de Acción Sindical y Negociación Colectiva de Comisiones Obreras (CCOO) Castilla y León, Fernando Fraile, este texto supone en la práctica que el sistema a implantar para llevar el control de la jornada laboral «se deja en mano exclusivas de los empresarios». Será posible contar con un registro ‘a boli’, «fácilmente manipulable», en opinión del secretario provincial de la Unión General de Trabajadores (UGT), Manuel Sanz Prieto, quien no obstante todavía confía en que se articulen medidas eficaces.

Los sectores del comercio y la hostelería aparecen como los principales señalados por el Gobierno,  que en el preámbulo del real decreto-ley señala que «según la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2018, más de un 26 por ciento de las horas extraordinarias no pagadas se realizaron en comercio (15,2 por ciento del total) y hostelería (10,9 por ciento del total), sectores caracterizados en no pocas ocasiones por los bajos salarios y la precariedad laboral». Son los únicos sectores de actividad mencionados para justificar esta reforma normativa, que pretende reforzar –o eso dicen sus impulsores– la lucha contra el fraude y la precariedad laboral pero que también nace como respuesta a una sentencia del Tribunal Supremo. Esta revocó otra de la Audiencia Nacional que obligaba a Bankia a llevar el control horario diario de sus empleados, tanto si realizaban horas extras como si no. La inexistencia del registro «coloca a las personas trabajadoras en situación de indefensión», según señalaba, aunque luego no la confirmara el Supremo.

La reforma legislativa introducida ahora por el Gobierno viene a clarificar esta situación, aunque se ha quedado a medias, según algunos de los actores implicados, y deja sin abordar retos económicos y sociales pendientes en el mercado laboral. Uno es el teletrabajo, considerado un pilar fundamental para la consecución de la conciliación de la vida familiar y laboral. La falta de obligación de incorporar medios telemáticos para controlar la jornada complica la tarea. «No se va a garantizar que exista un registro real y, por tanto, que se acabe con los fraudes masivos a la Seguridad Social que tenemos actualmente», lamenta Fernando Fraile, de CCOO, que destaca que en el caso concreto de Castilla y León se realizan 400.000 horas extra a la semana «y la mitad no se pagan». «Hablamos de un número importante de empleos que se podrían crear», abunda.

La eficacia o ineficacia de la nueva normativa –que entrará en vigor el próximo 12 de mayo– la determinará el tiempo, pero la incertidumbre se encuentra instalada en las empresas, que podrán recibir sanciones de hasta 6.250 euros por la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo a que se refieren los artículos 12, 23 y 34 a 38 del Estatuto de los Trabajadores. La Federación Empresarial Segoviana (FES) celebró este pasado miércoles una jornada para tratar de aclarar dudas a sus asociados con la participación del abogado laboralista José Antonio Arias Pinillos, para quien «hay que concretar muchos extremos en un momento dado y quizás el artículo es muy poco concreto en ese aspecto porque solamente regula como obligación el registro del inicio y final de la jornada».

«Hay que analizar si las pausas intermedias de la jornada laboral también hay que registrarlas para acreditar la jornada efectiva realizada y permitir la comprobación de las horas extraordinarias», apunta, al tiempo que reconoce que las pequeñas y medianas empresas serán –al menos inicialmente– las que pagarán esta factura: «Las grandes ya tienen medios suficientes de control, mientras que para las pequeñas se va a añadir una obligación documental más a cumplir». Además, las posibilidades que ofrecen los instrumentos electrónicos para ‘fichar’ pueden chocar con la necesaria preservación de la intimidad de los empleados «debido a que algunos emplean sistemas de geolocalización que existe el riesgo de que vulneren la Ley de Protección de Datos», tal y como indica el propio Pinillos.

ADAPTACIÓN. ¿Y en qué situación afrontan las compañías segovianas la adaptación a la nueva normativa? Mario Criado, director de Producto de Globales, que comercializa un software que permite el control telemático diario de la jornada laboral, desvela que el 90 por ciento de sus clientes –entre los que figuran aerolíneas, hospitales o fábricas– proceden de otras provincias. «Parte de las empresas de Segovia ya llevan este registro», remarca Arias Pinillos. «Cuanto más grandes son, mayor es la atención a este asunto, aunque también depende de  las propias actividades. En construcción ya no existe una jornada más amplia de la legalmente establecida porque la gente ya se ha acostumbrado a que su jornada son las ocho horas y veinte minutos –de las que veinte minutos son tiempo de descanso que no computan como jornada– y hay puentes festivos que regulan la jornada máxima».

Aunque numerosos expertos coinciden en que en las últimas décadas se ha producido un cambio cultural y la ciudadanía ha intensificado su aprecio a otros factores aparte del económico, como el tiempo de descanso, en algunos sectores perviven prácticas que vulneran la legalidad. «Por desgracia todavía nos encontramos con contratos de media jornada en los que el trabajador hace en realidad ocho horas, o lugares en los que se pagan en negro las horas extra», denuncia Manuel Sanz, de UGT.