Castigo para IU, premio para el PP en la Diputación

D. A.
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La Junta Electoral separa a IU sus votos de El Espinar de los obtenidos en el resto de la demarcación, del partido judicial, por citar sólo en el primer municipio su coalición con UP, y los populares logran así el escaño de la mayoría absoluta

Extracto del acta con la que la Junta Electoral Provincial desestima el recurso de IU

Mal empezó Izquierda Unida con la Junta Electoral de Zona y peor ha terminado con la Junta Electoral Provincial. En el arranque de la campaña se topó con que el primer órgano le había imprimido sus papeletas de la capital con las siglas IZ, en lugar de IU, y aunque reclamó para solicitar otra tirada, la Junta Electoral de Zona, pese a reconocer la errata, consideró que bastaba con emitir un certificado para convalidar las ‘nuevas’ siglas. Ahora, sin embargo, ha visto como los 439 votos con los que contaba en El Espinar no se le suman porque allí se presentó con la denominación IU-UP, mientras que en el resto de municipios del partido judicial de Segovia figuraba únicamente como IU. Dos cuestiones con matices jurídicos que pueden dar sentido al aparente contraste, pero que no por ello dejan de llamar la atención y que han llevado a la coalición a hablar incluso de «atentado contra la democracia».

Nada más producirse la errata del inicio de la campaña, desde IU deslizaron dudas sobre si la Junta Electoral habría actuado igual si el partido damnificado hubiera sido otro. Dicho de otra manera, si habría dado por buenas unas siglas del tipo PZ en lugar de PP o PSOZ en lugar de PSOE; y ahora se vierten dudas desde la coalición de izquierdas por las consecuencias, extraordinariamente positivas, que van a obtener los populares por este conflicto. No en vano, IU, sin los votos de El Espinar, pierde el escaño que esperaba en la Diputación, y lo gana el PP, que se había quedado a uno de la mayoría absoluta y ahora la consigue. Suma así en total 13 diputados, por 10 del PSOE y 2 de Cs, y evita de esta forma la cesión de la presidencia a la formación naranja, que llegó a anunciar esta «posible» contraprestación a cambio de facilitar que los populares retuvieran la presidencia de la Junta de Castilla y León.

Los «fundamentos». La Junta Electoral Provincial, en el acta por la que desestima el recurso de IU contra la asignación de diputados provinciales que acordó la Junta Electoral de Zona, entre otros «fundamentos», considera que el acuerdo de constitución de coalición electoral que presentó IU en abril incumple «las reglas fijadas de forma reiterada por la JEC (Junta Electoral Central)». En ellas señala que se establece que una coalición electoral no puede usar exclusivamente el nombre de uno de los partidos que la componen, ni puede utilizar en exclusiva el logo de dicho partido, lo cual es justo lo que hizo Izquierda Unida: presentarse como IU y con su logo en todos los municipios del partido judicial de Segovia salvo en El Espinar, donde mantuvo una marca electoral que ya había usado allí en anteriores comicios, IU-UP. 

La Junta Electoral Provincial castiga además a IU en el acta con párrafos duros como el que apunta que «esa ocultación de cualquier referencia a la coalición electoral, ya sea voluntaria o no, lo cierto es que produce una falta de transparencia y una consecuente oscuridad en el elector, que cuando vota a Izquierda Unida no sabe que también está votando a Unidad Popular, puesto que no se hace constar en la papeleta la existencia de esa coalición». De esta forma, mientras desde IU defienden que sus votantes eran plenamente conscientes de que estaban votando a IU tanto en El Espinar como en el resto de localidades donde se presentaba, la JEP viene a reprochar que el problema está en que los votantes de fuera de El Espinar pudieran no saber que también estuvieran votando a Unidad Popular. Y por ello viene a considerar que lo coalición correctamente presentada es la de El Espinar; la incorrecta, la del resto de municipios; y por tanto en realidad se estarían anulando a la coalición IU-UP los votos cosechados en el resto como IU y no al revés, aunque en la práctica, el castigo sea para IU como aspirante a entrar en la Diputación.

Frente a los fundamentos que esgrime la JEP, desde IU consideran que difícilmente existirá en la práctica en Segovia uno solo de sus votantes que hubiera decidido no introducir su papeleta en la urna si se hubiera puesto en ella IU-UP, pero la coalición parece atrapada en la delgada línea que separa la verdad real de la jurídica. En esa misma línea se supone también que se habría quedado perdido por ello el sentido común, según piensan desde IU, pero los argumentos jurídicos se rebaten con argumentos jurídicos y en ese terreno, de momento, están perdiendo el pulso.

Por otro lado, IU también consideraba en su recurso que, si efectivamente cometió un error, bien se le pudo advertir cuando inscribió la coalición en abril y se le «validó» con el sello de la Junta Electoral, sin ninguna reseña de incidencias, a pesar de que ya se comunicaba en ese documento sus distintas denominaciones. Por contra, quitarle ahora los votos de El Espinar, cuando ya no hay margen para evitar el error, cree que le deja en una situación de «indefensión», pero la JEP rebate tal argumento:«Es cierto que la Junta Electoral no puso traba alguna a la denominación múltiple (...) pero ello no supone indefensión para la misma, puesto que fue ella misma la que incumplió las reglas exigidas para la construcción de coaliciones». Y todavía se ensaña más en la réplica: «Reglas que debería haber consultado antes de constituirse».

Es decir, que la ley electoral, según ese criterio, no contempla ningún filtro que prevenga errores de este tipo, lo cual podría llevar a pensar si es la propia ley la que requiere revisión para prevenir casos semejantes, aunque esa es una reflexión inútil para IU a estas alturas. De momento, lo que sí ha confirmado ya la coalición es que recurrirá ante el TSJ, pero, entretanto, la Diputación avanza hacia su constitución con mayoría absoluta del PP y sin IU entre sus escaños.