Condenado por acuchillar al cliente de un bar por fumar

DS
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El TSJ ratifica íntegramente la condena a siete años de prisión que ya impuso en octubre la Audiencia Provincial de Segovia a un hombre que trabajaba de camarero en un bar de la plaza de la Tierra

Condenado por acuchillar al cliente de un bar por fumar

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena a siete años de prisión que impuso la Audiencia Provincial de Segovia a un hombre que trabajaba de camarrero en un bar de la plaza de la Tierra y acuchilló a un cliente en una discusión por encenderse un cigarrillo. El recurso de apelación ha sido desestimado en su integridad, por lo que también se mantiene una indemnización de 35.754,54 euros por lesiones y secuelas.

En el capítulo de hechos probados que recoge en la sentencia se relata que el suceso tuvo lugar sobre las 3.16 horas de la madrugada del 14 de marzo de 2018 en el bar Exotic. Tras mantener una discusión fuera del bar con otras personas, el joven que resultó agredido, de 22 años y nacionalidad colombiana, entró e intentó encenderse un cigarrillo, momento en el que el camarero ahora condenado le indicó que allí no se podía fumar, por lo que comenzaron una discusión tras la que el cliente volvió a salir.

Tras él salió también el acusado “con ánimo de proseguir la discusión y, pasando de las palabras a las manos, se agredieron mutuamente, cayendo ambos al suelo, quedando el acusado encima”, continúa el relato que recoge la sentencia. “Y el acusado, haciendo uso de un cuchillo de unos 15 centímetros de hoja que llevaba entre sus ropas y que había cogido del interior del bar (…) y con ánimo de atentar contra la vida” del joven, “clavó dicha arma en la espalda de este y a la altura del pulmón, penetrando varios centímetros en el pulmón, afectando al lóbulo inferior derecho de dicho órgano, y en el miembro inferior izquierdo”.

El herido necesitó 23 días para sanar y le ha quedado una cicatriz de 60 centímetros por esa puñalada, así como otras dos de dos centímetros en el muslo.

Las acusaciones consideraban que hubo ánimo de matar, mientras la defensa sostenía que la herida mayor fue fortuita y la del muslo, “repeliendo la agresión que estaba sufriendo”, pero la Sala considera que fue “un acto deliberado del acusado”. Una cuchillada que “penetró hasta el pulmón, alcanzando el hígado, y las heridas internas que produjo hubieran tenido fatal desenlace de no ser por la urgente y eficaz asistencia médica que recibió”.

Una vez desestimado el recurso de apelación, al acusado sólo le queda la opción del recurso de casación que dirimiría el Supremo por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.