Respuestas desde Segovia: ¿Quién paga qué en el teletrabajo?

D. A.
-

Contesta la asesoría jurídica segoviana Arias Pinillos

Respuestas desde Segovia: ¿Quién paga qué en el teletrabajo?

¿Quién debe costear los gastos derivados del teletrabajo?

El teletrabajo requiere para su instauración general un acuerdo entre empresario y persona trabajadora regulándolo, bien al inicio de la relación laboral o con anterioridad a su aplicación.

Normalmente será la empresa quien se encargue de proporcionar la instalación, mantenimiento de equipos y programas para el teletrabajo, excepto en caso que el trabajador lo realice con su propio equipo. Realizado con regularidad, la empresa cubre el coste originado por este tipo de trabajo.

El Real Decreto Ley (RDL) 8/2020, como medida excepcional para combatir el coronavirus estableció el teletrabajo siempre que fuera posible. Además, en orden a cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales, habilitó una autodeclaración del propio trabajador respecto de las condiciones en que se realizaba.

El principio general será que sea el empresario quien soporte el coste y el trabajador tendrá que acreditar el importe que fuera objeto de reclamación, en su caso.

 

¿Quién paga la cuota de internet?, ¿y el sobregasto de luz lo debería costearel empresario comparando por ejemplo el último recibo con los de meses anteriores?
Si para iniciar el teletrabajo ha habido que dar de alta una tarifa plana al empleado, parece claro que podría ser la empresa la que debiera cargar con ella, y si ya existía la tarifa plana en el hogar del empleado ya es más complicado. La clave, como digo, está en el acuerdo al que llegaran empresa y empleado antes de empezar el teletrabajo para concretar quién carga con los gastos, cuándo, cómo y de qué manera; el problema es que al principio fue una locura y se dio prioridad a empezar como fuera. Pasa igual con la luz, pero es cierto que con la situación excepcional derivada de la covid-19 casi nadie se ha planteado estas cosas porque la locura ha sido tal que esto era lo de menos. De todas formas, cualquier gasto que le suponga el teletrabajo al empleado debe ser compensado, otra cosa es la cuantía que se acuerde.