Nueva condena por irregularidades en Cultura

D. A.
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El Juzgado resuelve "estimar totalmente" el recurso del PP y declara "no ajustada a derecho" la contratación del hermano de Gina Aguiar, aunque "no concurre" el parentesco como causa de impugnación porque el trámite lo firmó Luquero, no la concejala

De izquierda a derecha, el portavoz del Grupo Popular, Pablo Pérez, el abogado de la acusación, César Gómez, y los concejales Marco Sandulli y José Luis Horcajo, a la salida del juzgado, el día que se celebró la vista (miércoles 23 de junio)..

Comunicado de prensa del Gabinete de Alcaldía.


El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Segovia ha estimado "totalmente" el recurso presentado por el Grupo Popular contra la contratación del hermano de la concejala Gina Aguiar para el servicio de asistencia técnica audiovisual de La Cárcel_Centro de Creación. Así se recoge en el fallo de la sentencia, dictada con fecha 28 de junio y a la que ha tenido acceso El Día, donde se declara "no ajustada a derecho la resolución" recurrida, en referencia al decreto de Alcaldía por el que se aprobó la contratación más reciente, la del primer semestre de este año, que es la única que podía denunciarse en el ámbito contencioso administrativo, aunque la relación del técnico con el Ayuntamiento se remonte una década y se haya tramitado de forma errónea desde que cambió la ley de contratos del sector público en 2018. Desde entonces, la adjudicación de este tipo de servicios debe llevarse a cabo mediante contrato mayor y por tanto por concurso público, sin opción de adjudicación directa. Algo parecido a lo que ya le ocurrió a Cultura con el caso Trípode, por irregularidades similares en la adjudicación de la organización del Festival de Cine Europeo (antigua MUCES) a la asociación Trípode.

"Se condena en costas al Ayuntamiento de Segovia, con un límite máximo de 750 euros -IVA incluido-". Queda reducida sólo a esa cantidad "teniendo en cuenta la cuantía del recurso".

En la sentencia también se alude a que la "parte actora", es decir el portavoz del Grupo Popular, Pablo Pérez, "entiende que el adjudicatario y la concejala de Cultura, dada su relación de familiares de segundo grado -hermanos- provoca que exista prohibición de contratar". Sin embargo, "hemos de indicar que el órgano de contratación es la Alcaldía de Segovia, de tal manera que no concurre la relación de parentesco entre la responsable del órgano de contratación y el adjudicatario", señala el juez. Es decir, que al no ser la propia Aguiar quien firma la contratación, sino la alcaldesa, por tratarse de un Decreto de Alcaldía, considera que a efectos jurídicos no concurre ese extremo, de modo que "no puede prosperar este motivo de impugnación".

Por otro lado, el juez recuerda que la asistencia técnica en La Cárcel "se ha desarrollado de manera continuada durante un periodo de nueve años, de tal manera que no es una necesidad puntual y esporádica, sino de naturaleza permanente", que es lo que impide llevar a cabo esta clase de adjudicaciones por contrato menor. También destaca que la contratación se hizo sin informe jurídico que la justificara, lo cual supone "otra causa de nulidad", además de la de no haber realizado un contrato mayor, con la pertinente celebración de concurso público.

La resolución judicial ya es firme, ya que "no cabe interponer recurso" en este tipo de causas judiciales.

FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO. "De la prueba aportada en estas actuaciones, hemos de indicar que de manera inequívoca se ha acudido al trámite de los contratos menores de manera ilegal, dada la necesidad de la prestación del servicio", continúa el juez, para llevar a cabo unas funciones que son "necesarias para el correcto desarrollo de actividades culturales". "Se ha venido desarrollando sin solución de continuidad durante una década, de 2011 a 2020, de tal manera que nos encontramos ante necesidades permanentes", y para cubrirlas, el Ayuntamiento ha incurrido en un "supuesto de doble fraccionamiento", ya que además partía en dos contratos menores la cobertura del servicio para el conjunto de cada año. "La actuación municipal en relación al contrato menor que es objeto de impugnación es claramente ilegal, dado que es evidente que la necesidad de los servicios de coordinación y asistencia técnica en 'La Cárcel de Segovia' no obedecía a actuaciones meramente puntuales o coyunturales, y por eso, la finalidad de la forma de contratación pretende eludir los controles administrativos, más exhaustivos que tienen otras modalidades de contratación diferente de los contratos menores, que son necesarios siempre que se cumpla las previsiones para su finalidad", recoge la sentencia.

Asimismo, "recordemos que la actividad se desarrolla desde el año 2011", insiste el juez, "de tal manera que no puede entenderse que en dicho plazo, y especialmente desde la entrada en vigor de la Ley 6/2017 de Contratos del Sector Público, no se haya programado y planificado que la prestación del servicio de coordinación y asistencia técnica no podía articularse a través de un contrato menor, sino que era necesario acudir a un procedimiento que garantizase eludir así los requisitos de publicidad o los requisitos relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan".

"Por lo anteriormente expuesto procede estimar totalmente el recurso contencioso-administrativo (...) declarando no ajustado a derecho la resolución objeto de impugnación, con los efectos inherentes a dicha declaración".

El Gabinete de Alcaldía, por su parte, ha emitido un comunicado de prensa en el que lo que subraya es que la sentencia "desestima la denuncia hecha por el PP relativa al trato de favor de la concejala de Cultura hacia el responsable del servicio técnico de La Cárcel_Centro de Creación". Considera que "lo políticamente relevante en este asunto, en cuanto a las acusaciones vertidas por la oposición, es que en ningún caso ha habido trato de favor en el procedimiento de contratación del servicio técnico de la Cárcel_Centro de Creación".

El Grupo Popular, mientras tanto, en su comunicado de valoración de la sentencia, lo que recalca es que "el juzgado da la razón el PP en el Ayuntamiento al declarar ilegal el contrato del hermano de la concejala socialista Gina Aguiar". Y que "por segunda vez, en sede judicial, se ha demostrado que el ejecutivo de Clara Luquero ha fragmentado un contrato para saltarse la legalidad y concedérselo a dedo a una persona determinada, en este caso, al hermano de la concejala socialista, Gina Aguiar".

 

COMUNICADO ÍNTEGRO DEL GABINETE DE ALCALDÍA

"La sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo nº1 de Segovia desestima la denuncia hecha por el PP relativa al trato de favor de la concejala de Cultura hacia el responsable del servicio técnico de la Cárcel_Centro de Creación. Es decir, confirma lo que la alcaldesa ha reiterado en numerosas ocasiones de que el equipo de Gobierno no actúa ni ha actuado por amiguismo o clientelismo de ningún tipo".

"Como consecuencia de la entrada en vigor de la ley de contratos del sector público en marzo de 2018, el Ayuntamiento optaba por no dejar de prestar servicios a la ciudadanía mientras se iba adaptando la estructura administrativa a la nueva normativa en vigor. Un ejemplo de ello es el proceso de contratación, ya iniciado, de un TAG (Técnico de la Administración General) para el área de Cultura".

"No debemos olvidar que el departamento de Cultura formaliza cientos de contratos que han sido tramitados conforme a la norma y que para aquellos desajustados al procedimiento marcado ya se han tomado las correspondientes medidas de corrección para subsanarlo".

"De hecho, el contrato al que se refiere la sentencia se encuentra actualmente en fase de licitación abierta, es decir es anterior a la publicación del fallo".

"La sentencia, además, pone de manifiesto que el contrato del servicio técnico de la Cárcel_Centro de Creación está tramitado erróneamente puesto que no se refiere a un servicio recurrente para el Ayuntamiento y que debería haberse realizado a través de otro modelo de contrato. En este caso, el Ayuntamiento está en vías de subsanación del error porque ya está licitando un contrato mayor para la prestación de dicho servicio".

"Lo políticamente relevante en este asunto, en cuanto a las acusaciones vertidas por la oposición, es que en ningún caso ha habido trato de favor en el procedimiento de contratación del servicio técnico de la Cárcel_Centro de Creación".

 

COMUNICADO ÍNTEGRO DEL GRUPO POPULAR

"El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha estimado totalmente el recurso contencioso interpuesto por el Grupo Municipal del PP contra el decreto de adjudicación de los servicios técnicos de la Cárcel Centro de Creación, condenando en costas al Ayuntamiento de Segovia".

"El juez reconoce en su sentencia que el Ayuntamiento de Segovia ha cometido un doble fraccionamiento de contrato. Señala que ha acudido “al trámite del contrato menor de manera ilegal” puesto que los servicios objeto del contrato se llevan desarrollando en este espacio municipal desde el año 2011, siendo responsable de cultura la propia alcaldesa, Clara Luquero, y no responden a una necesidad esporádica ni puntual sino permanente. En el texto de la sentencia, el juez incide en que la actuación municipal es claramente ilegal porque es una necesidad permanente y han utilizado la figura del contrato menor para eludir los controles administrativos que la legislación establece".

"Incluso señala que el propio Ayuntamiento de Segovia reconoce que no era una necesidad esporádica al sacar ahora el contrato de estos servicios a licitación pública".

"En la sentencia nuevamente se aprecia la ausencia del preceptivo informe jurídico exigible en todos los contratos menores".

"El portavoz popular, Pablo Pérez, afirma que por segunda vez, se ha demostrado en sede judicial que el gobierno municipal socialista ha troceado un contrato para saltarse la legalidad vigente y poder concederlo a dedo. “Primero fue el caso Trípode y ahora es el contrato de los servicios técnicos de la Cárcel al hermano de la concejala  socialista, Gina Aguiar.  La alcaldesa debe asumir responsabilidades por firmar un decreto de contratación ilegal y sin el preceptivo informe de la secretaria general, a sabiendas de que este contrato, además, se estaba adjudicando al hermano de la concejala Gina Aguiar”.

"El Grupo Municipal del Partido Popular está estudianto ya las consecuencias políticas que esta nueva sentencia puede tener para la alcaldesa Clara Luquero".

"Por último y con respecto a la nota enviada por Alcaldía, el PP en el Ayuntamiento recuerda que la demanda que interpuso no fue contra la concejala Gina Aguiar sino contra un procedimiento ilegal". “Sorprende ver cómo el gobierno municipal socialista hace una lectura penal de un proceso contencioso administratvo y cómo la alcaldesa -que es quien  firma el decreto de adjudicación- intenta confundir a los ciudadanos intentando esconder un procedimiento ilegal, amparado por su firma”.